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Tema: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

  1. #1
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    Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    SOCIEDAD › LAS TRES FUERZAS MAYORITARIAS EN EL CONGRESO ELABORARON EL BORRADOR DE UN PROYECTO DE LEY

    Consenso para despenalizar el consumo
    Los diputados Ricardo Gil Lavedra (UCR), Diana Conti (FpV) y Victoria Donda (FAP) acordaron un borrador para despenalizar la tenencia de drogas para consumo personal. Estará penado tener estupefacientes si es para comercializar.

    Por Emilio Ruchansky

    Las tres principales fuerzas políticas de la Cámara de Diputados confeccionaron ayer el borrador de un proyecto de ley para despenalizar la tenencia de drogas para uso personal. El contenido del texto, al que tuvo acceso este diario, fue consensuado por el radical Ricardo Gil Lavedra, la oficialista Diana Conti y Victoria Donda, del Frente Amplio Progresista, junto a los titulares de las comisiones de Prevención de las Adicciones y Control del Narcotráfico y Legislación Penal. “Se permiten todos los actos derivados del consumo, tanto la tenencia de drogas como el cultivo de marihuana y las semillas”, confió Gil Lavedra. “Y cambia el paradigma sobre la tenencia simple (o sin finalidad): si tenés es porque consumís y es el fiscal el que tiene que probar el delito de comercialización”, agregó Donda. Por su parte, Conti adelantó: “El próximo 31 de mayo comenzará a trabajarse el borrador en un plenario de comisiones”.

    La elaboración de este proyecto de reforma de la ley 23.737 se gestó el lunes pasado en el despacho de Gil Lavedra, y además de los diputados mencionados, estuvieron Fabián Peralta, del GEN, ex titular de la Comisión de Prevención de Adicciones; el actual vicepresidente de esa comisión, el oficialista Horacio Pietragalli, y su colega de bancada Oscar Albrieu, titular de la Comisión de Legislación Penal. Allí se analizaron los proyectos presentados en la Cámara de Diputados y también la propuesta de ley integral que envió al Senado semanas atrás Aníbal Fernández.

    “Fue una buena reunión porque se incorporaron varias modificaciones a un proyecto que había presentado Gil Lavedra y que eran pedidas por las organizaciones cannábicas”, comentó Donda. Luego de discutir sobre los inconvenientes de fijar cantidades mínimas para la tenencia para uso personal y el autocultivo, se propusieron penas de tres a quince años en caso de que existan pruebas de comercio. “Esto deja claro que no se puede allanar a un cultivador cuando no hay pruebas de que vende”, dijo Donda. La pena mínima es excarcelable y apunta a las “mulitas” que trafican pequeñas cantidades y, en general, son personas de bajos recursos.

    La producción, almacenamiento, transporte y distribución de sustancias ilegales seguiría penada cuando la finalidad sea el comercio. Y si el responsable realiza una actividad que precise autorización, licencia o habilitación del poder público (funcionarios o policías, por ejemplo) “se le aplicará inhabilitación especial de cinco a quince años”. En el caso del desvío de precursores químicos legales para fabricar sustancias ilícitas, “el máximo de la escala penal será aumentado en un tercio”.

    No se castigará el consumo en la vía pública mientras no afecte la salud de terceros, salvo que se “incite o induzca” a un menor de edad a consumir. En ese caso, la pena sería de uno a tres años. Además, “no podemos penar la apología cuando el mensaje está dirigido a mayores de edad que tienen la madurez para hacer lo que quieran. Esto quedó claro con el caso de (Andrés) Calamaro”, comentó Gil Lavedra.

    El jefe del bloque radical coincidió con los demás diputados en derogar todos los artículos que judicializan la atención médica a los usuarios y propuso, en el caso de las personas privadas de su libertad, que el tiempo en que estén bajo tratamiento médico por su consumo problemático les sea computado como parte del cumplimiento de la pena de reclusión que afrontan.

    Cuando la tenencia de drogas, por su cantidad y demás circunstancias sugiera que no es para uso personal, las penas serás de uno a seis años. La ley actual castiga con la misma pena a “quien tuviere en su poder estupefacientes”, obligando al acusado a demostrar que es para su consumo, si quiere reducir el castigo. Esta figura, conocida como tenencia simple, era una de las más criticadas por usuarios y especialistas, ya que viola el principio de inocencia. La nueva propuesta invierte los términos: la fiscalía debería probar que esa sustancia no es para uso personal. Luego de la exposición mediática, las marchas y los reclamos por las penas de prisión que recibían los cultivadores por tener plantas, sin importar la finalidad, como indica el artículo quinto de la ley actual, se propuso agregar a este artículo los “fines de comercialización” como requisito punitorio. “Todavía faltan pulir algunos aspectos, pero hay un acuerdo base sobre varias cuestiones”, comentó Conti, quien viene presentando proyectos sobre despenalización y uso del cannabis para fines medicinales desde el 2004.

    La discusión sobre la despenalización se revitalizó este año con la presentación del proyecto de Aníbal Fernández, elaborado junto a un prestigioso comité de jueces, sanitaristas y sociólogos durante cinco años. Mañana habrá un reunión entre el senador y los legisladores que promueven esta reforma. “El proyecto fue un consenso de diputados, vamos a tener un encuentro de intercámara en vista al trámite parlamentario en el Senado, que va a ser más complejo”, indicó el senador kirchnerista a Página/12. Luego, el 31 de mayo, se debatirá en un plenario de las comisiones de Legislación Penal y Prevención de las Adiciones con vista a conseguir un dictamen para llevar la despenalización al recinto.

    emilioru@pagina12.com.ar
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    “Se permiten todos los actos derivados del consumo, tanto la tenencia como el cultivo de marihuana.”
    Imagen: Enrique Medina

    Un poco mejor no ?
    Última edición por coco08; 18/05/2012 a las 17:46
    G-13 interior presentacion en sociedad
    http://www.cannabiscafe.net/foros/sh...d.php?t=205424

  2. Los siguientes 5 Usuarios dan las gracias a coco08 por este Post:

    Hank75 (23/05/2012), pablodolly (18/05/2012), pabloulises (24/05/2012), SabesQuien (18/05/2012), viracocha (22/05/2012)

  3. #2
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Gracias por el aporte, aunque esto ya fue subido en este otro post donde se está charlando el tema y hay más data si interesa.

    Edit: No es nada contra tu post, sino la idea de unificar el tema en un solo hilo para que sea más ordenado, si se está llevando el tema por otro lado me parece lo correcto seguirlo por ahí. (;

    Un abrazo y dulces humos!
    Última edición por genN; 18/05/2012 a las 18:23
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  4. #3
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    muchas gracias por el aporte!! vammos que se viene el debate! cuantas caretas se van a a caer!

  5. Los siguientes 4 Usuarios dan las gracias a lamparon por este Post:

    libertades (28/05/2012), redemption20 (18/05/2012), SabesQuien (19/05/2012), viracocha (24/05/2012)

  6. #4
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    el momento actual para nosotros cannabicos de todo tipo es fundamental , se estara discutiendo la ley de drogas muy pronto y debemos estar atentos para apoyar los cambios que se vayan a dar .
    ahora por parte de los legisladores hay algunas cosas que no podemos dejar pasar , no autorizar la compra venta de semillas en forma regulada , es como autorizar a comer pollos y prohibir el huevo, es ridículo por donde se lo mire pero tb hablar de autocultivo para consumo personal sin nombrar la palabra prohibida (cannabis, marijuana,ganja, porro,maconia etc etc,) tb a esta altura de nuestras vidas resulta hipócrita y casi absurdo.
    Queremos intervenir en el debate !!
    No mas presos por plantar marijuana!!
    Libertad para el acceso ala marijuana medicinal !!

  7. Los siguientes 2 Usuarios dan las gracias a mikebifari por este Post:

    redemption20 (22/05/2012), viracocha (24/05/2012)

  8. #5
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Proyecto de Ley

    El Senado y la Cámara de Diputados…


    Artículo 1. Sustitúyase el artículo 5 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Será reprimido con reclusión o prisión de tres (3) a quince (15) años el que sin autorización o con destino ilegítimo:

    a) Siembre o cultive plantas utilizables para producir estupefacientes, o guarde materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación, con fines de comercio;
    b) Produzca, fabrique, extraiga o prepare estupefacientes;
    c) Comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte;
    d) Comercie con plantas o sus semillas, utilizables para producir estupefacientes, o las tenga con fines de comercialización, o las distribuya, o las dé en pago, o las almacene o transporte;
    e) Entregue, suministre, aplique o facilite a otro, estupefacientes a título oneroso. Si lo fuese a título gratuito, se aplicará reclusión o prisión de tres a doce años.

    Si los hechos previstos en los incisos precedentes fueren ejecutados por quien desarrolla una actividad cuyo ejercicio dependa de una autorización, licencia o habilitación del poder público, se aplicará, además, inhabilitación especial de cinco a quince años.

    En los casos de los incisos a) y b), los hechos serán punibles cuando por la cantidad sembrada, cultivada o producida y de las circunstancias de tiempo, lugar y modo, surgiere NO es para uso personal.

    En el caso del inciso e) del presente artículo, cuando la entrega, suministro o facilitación fuere ocasional y a título gratuito y por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere que es para uso personal de quien lo recepta, el hecho no será punible.


    Artículo 2. Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 866 del Código Aduanero que quedará redactado, del siguiente modo:

    Cuando concurriere alguna de las circunstancias previstas en los incisos a), b), c), d) y e) del art. 865, o cuando se tratare de estupefacientes elaborados o semielaborados que por su cantidad estuviesen inequívocamente destinados a ser comercializados dentro o fuera del territorio nacional, el máximo de la escala penal será aumentado en un tercio.


    Artículo 3. Sustitúyase el artículo 12 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Será reprimido con prisión de uno a tres años el que incite o induzca a un menor de edad a consumir estupefacientes.


    Artículo 4. Sustitúyase el artículo 14 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Será reprimido con prisión de uno a seis años el que tuviere en su poder estupefacientes, cuando de la cantidad y el tipo de sustancia poseída y de las circunstancias de tiempo, lugar y modo, surgiere que la tenencia no es para uso personal.


    Artículo 5. Sustitúyase el artículo 16 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Cuando en el transcurso del proceso se constate fehacientemente que el imputado depende física o psíquicamente de estupefacientes, el juez le hará conocer los derechos que le asisten en función de la ley 26.657.

    En aquellos casos donde, de acuerdo a lo establecido en la ley 26.657, sea necesaria la internación de una persona privada de su libertad, el tiempo de duración del tratamiento será computado para el cumplimiento de la pena.

    El Servicio Penitenciario Federal, o provincial que corresponda, deberá disponer de personal y recursos apropiados para brindar asistencia a los internos que padezcan una adicción y deseen someterse a tratamiento.


    Artículo 6. Deróganse los artículos 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Ley 23.737.


    Artículo 7. Comuníquese al Poder Ejecutivo

  9. El siguiente Usuario da las gracias a mikebifari por este Post:

    viracocha (24/05/2012)

  10. #6
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Algunos puntos me marean un poco... ta todo bien con como queda asi redactada?
    "Una casa con diez pinos, hacia el sur hay un lugar..."

  11. #7
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Cita Iniciado por mikebifari Ver Mensaje
    Proyecto de Ley

    El Senado y la Cámara de Diputados…


    Artículo 1. Sustitúyase el artículo 5 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Será reprimido con reclusión o prisión de tres (3) a quince (15) años el que sin autorización o con destino ilegítimo:

    a) Siembre o cultive plantas utilizables para producir estupefacientes, o guarde materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación, con fines de comercio;
    b) Produzca, fabrique, extraiga o prepare estupefacientes;
    Que carajos!!!!,
    a quien le tendríamos que pedir autorización?
    bajo que reglas?
    cuantas plantas, se hablo de eso ya?
    habrá carnet de fumeta oficial?
    estará en la SUBE?(usted usa 2 veces por dia el subte, planta porro y no es apto para tener descuentos o mejor dicho subvención estatal por pudiente)


    abrazo!

  12. #8
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Cita Iniciado por mikebifari Ver Mensaje
    Proyecto de Ley

    El Senado y la Cámara de Diputados…


    Artículo 1. Sustitúyase el artículo 5 de la ley 23.737 que quedará redactado, del siguiente modo:

    Será reprimido con reclusión o prisión de tres (3) a quince (15) años el que sin autorización o con destino ilegítimo:

    a) Siembre o cultive plantas utilizables para producir estupefacientes, o guarde materias primas, o elementos destinados a su producción o fabricación, con fines de comercio;
    b) Produzca, fabrique, extraiga o prepare estupefacientes;
    Que carajos!!!!,
    a quien le tendríamos que pedir autorización?
    bajo que reglas?
    cuantas plantas, se hablo de eso ya?
    habrá carnet de fumeta oficial?
    estará en la SUBE?(usted usa 2 veces por dia el subte, planta porro y no es apto para tener descuentos o mejor dicho subvención estatal por pudiente)


    abrazo!

  13. #9
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    pucho para interpretar un articulo tenes que interpretarlo en su conjunto desde el incio hasta el fin incluyendo articulos y parrafos que en este caso los tiene, sino es imposible.
    igualmente eso es solo un proyecto, si el oficialismo cumple como dijo que van a ser abiertos en aceptar alguna que otra reforma habra que ver como se desarrollan las cosas, por ej los cambios pueden llegar a aceptarlos pero en el momento en que se trate la ley en el recinto legislativo ya que sino tendrian que presentar un proyecto nuevo diferente, todo es posible.
    saludos.

  14. Los siguientes 2 Usuarios dan las gracias a viviviviana por este Post:

    mikebifari (24/05/2012), viracocha (24/05/2012)

  15. #10
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Cita Iniciado por mikebifari Ver Mensaje
    el momento actual para nosotros cannabicos de todo tipo es fundamental , se estara discutiendo la ley de drogas muy pronto y debemos estar atentos para apoyar los cambios que se vayan a dar .
    ahora por parte de los legisladores hay algunas cosas que no podemos dejar pasar , no autorizar la compra venta de semillas en forma regulada , es como autorizar a comer pollos y prohibir el huevo, es ridículo por donde se lo mire pero tb hablar de autocultivo para consumo personal sin nombrar la palabra prohibida (cannabis, marijuana,ganja, porro,maconia etc etc,) tb a esta altura de nuestras vidas resulta hipócrita y casi absurdo.
    Queremos intervenir en el debate !!
    No mas presos por plantar marijuana!!
    Libertad para el acceso ala marijuana medicinal !!

    mike, el echo de que no se ponga el nombre juridicamente es beneficioso y correcto, porque beneficioso y correcto: beneficioso porque no solo se aplica a las plantas de cannabis sino que se refiere a todo lo que pueda cultivarse y pueda luego utilizarse para fin similar.
    correcto porque juridicamente hablando el no poner nombre de sustancia esta basandose un cambio en fundamentos mayores como por ej lo es las libertades individuales, en base a las libertades individuales es lo mismo una persona que consume cannabis que otra que consume otra cosa que este prohibida, por ej. si la salvia esta en la lista de drogas de las NU al no especificar la ley una planta esta englobando a todas las posibles plantas, sino podria ser que entren en una casa y encuentren ademas de maria otras diferentes y termine como delincuente por las demas cuando no las cultiva con el fin de venta sino con el fin de uso personal.

  16. Los siguientes 5 Usuarios dan las gracias a viviviviana por este Post:

    Charro Chino (24/05/2012), genN (27/05/2012), mikebifari (25/05/2012), tlapapa (24/05/2012), viracocha (24/05/2012)

  17. #11
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    Re: Nueva ley de drogas. Borrador de acuerdo entre fuerzas...

    Me gusta este debate , ojala que nos traiga claridad a todos, la critica , esta muy bien lo que decis acerca de las libertades individuales y el consumo de otras sustancias , en eso acuerdo a critica , se genera porque , anibal ha hablado de cantidad de plantas hembras y de clubes se autocultivo , si el habla en esos terminos nosotros debemos señalar que se refiere a cannabis ,el hecho de que se nombre la palabra es casi tan importante como el cambio de la ley , porque hablariamos de susutancias y de esta en particular que es la mas consumida de las ilegales , abriria la puerta a muchas mas discuciones entre ellas el acceso ala maria medicinal , y al caniamo industrial , etc etc , ya la corte suprema en el fallo del 2009 hablaba de drogas blandas , y ninguno de los proyectos actuales hace un diferenciacion de sustancias , o sea ke era mas progresista para nosotros el fallo de la corte que hasta ahora los proyectos actuales,,,ahi la seguimos abrazo

  18. Los siguientes 3 Usuarios dan las gracias a mikebifari por este Post:

    tlapapa (24/05/2012), viracocha (26/05/2012), viviviviana (24/05/2012)

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